La aneurisma es una patología que consiste en el ensanchamiento o abombamiento anormal de una parte de una arteria debido a la debilidad en la pared del vaso sanguíneo.
Como la mayoría de enfermedades incapacitantes, para considerar las secuelas de una aneurisma como permanentes, debe ser acreditado por un especialista.
La mayoría de aneurismas ocurren en la aorta, la arteria principal que va desde el corazón por el pecho y el abdomen. Y a su vez, existen dos tipos de aneurismas aórticos:
Otro tipo es el aneurisma cerebral o intracraneal, en la cual esa protuberancia del vaso sanguíneo se encuentra en el cerebro. Este tipo de aneurisma es común, pero normalmente no suele ser grave.
Los principales criterios para el reconocimiento de la incapacidad permanente por aneurisma son:
Este grado se puede detectar por síntomas como limitaciones visuales.
Este grado se produce cuando la persona no puede realizar las tareas esenciales de su profesión habitual en el momento de la solicitud. No obstante, sí que puede hacer otro tipo de trabajo que le suponga menos dificultad o esfuerzo físico. Por ejemplo, un albañil que ha sufrido una aneurisma, no podrá hacer grandes esfuerzos físicos (los cuáles son necesarios para llevar a cabo correctamente su trabajo), pero sí podría desempeñar otras funciones que requieran menor esfuerzo.
¿Cómo reconocer este grado? Normalmente, se manifiesta a través de la pérdida leve de conocimiento, deterioro cognitivo, incontinencias urinarias, pérdida de fuerza o movilidad, etc.
La incapacidad permanente absoluta, en casos de aneurisma, puede reconocerse a través de la pérdida de conocimiento grave, mareos, dolores fuertes, pérdidas cognitivas o incontinencias urinarias graves, claudicación de la marcha autónoma, entre otras; cuando estas patologías hagan incompatible que el trabajador desempeñe cualquier tipo de trabajo u oficio.
Respecto a jurisprudencia, contamos con dos sentencias clave.
Este grado suele reconocerse cuando las secuelas por aneurisma limitan la movilidad o fuerza, o el déficit cognitivo de forma severa, hasta el punto de necesitar la asistencia de una tercera persona para llevar a cabo cualquier tarea de la vida cotidiana.
Es decir, para obtener este grado será necesario probar que el afectado, no puede valerse por sí solo en los actos más esenciales de la vida, necesitando la ayuda de terceros para ello. ¿Qué jurisprudencia existe al respecto?