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Demencia e incapacidad permanente

Un hombre con demencia haciendo un puzzle

La demencia es la pérdida de la función cerebral que ocurre a causa de ciertas enfermedades. Esto afecta a una o más funciones cerebrales como la memoria, el pensamiento, el lenguaje, el juicio o el comportamiento. A la demencia también se le puede denominar trastorno neurocognitivo mayor.

La demencia por lo regular ocurre a una edad avanzada. La mayoría de los tipos son poco frecuentes en personas menores de 60 años. El riesgo de padecer esta enfermedad aumenta a medida que una persona envejece. La mayoría de los tipos de demencia es irreversible y degenerativa.

El presente artículo tiene como objetivo hacer un análisis de los casos en los que este tipo de enfermedad puede dar lugar una incapacidad permanente en sus diferentes grados.

Es clave principal en este caso determinar el grado en el que se encuentra la enfermedad. Es un tipo de enfermedad crónica que, en ningún caso, puede ir a mejor, pudiendo estar en fase leve, moderada o avanzada, de tal forma que la concesión de una incapacidad permanente en todo caso dependerá de la fase en la que se encuentre y los síntomas que padece el enfermo.

De igual forma es importante la profesión a la que se dedique la persona afectada, la exigencia mental que le requiera su puesto de trabajo o la peligrosidad y grado de responsabilidad de su profesión.

Criterios para el otorgamiento de una incapacidad permanente

Incapacidad permanente total

Cuando nos encontramos ante situaciones de demencia en grado leve o moderado, y la profesión habitual del afectado requiere altas cualificaciones mentales, así como una gran responsabilidad en el desempeño de sus funciones, podemos estar ante una situación de incapacidad permanente total.

Claro ejemplo de directivos, contables, médicos, abogados, así como profesiones relacionadas con la construcción, transporte, etc.

Un claro ejemplo de este tipo de incapacidad es la que pueden otorgar a un taxista con un deterioro leve pero que por su profesión habitual puede poner en peligro al público.

Incapacidad permanente absoluta

En la actualidad lo más habitual es obtener este tipo de incapacidad cuando estamos ante una demencia moderada o severa. En este caso las funciones ejecutivas del afectado suelen estar muy afectadas, no pudiéndose realizar ningún tipo de actividad profesional.

Gran invalidez

En este tipo de enfermedades se reconoce la gran invalidez cuando el enfermo necesita ayuda de una tercera persona, que en una situación de demencia severa es lo más habitual.

En cualquiera de los tres tipos de grados de incapacidad es importante, y casi definitivo, contar con informes médicos de índole pública o privada donde un neurólogo acredite la enfermedad, en los que se detalle con precisión las limitaciones que le supone al afectado la enfermedad.

Los informes privados pueden ser una prueba de gran ayuda porque en muchas ocasiones el INSS pondrá trabas a la concesión de dicha incapacidad, por lo que nos servirán de prueba complementaria para acreditar las limitaciones que crea dicha enfermedad.

La solicitud de una incapacidad puede darse tras un periodo de tiempo previo de incapacidad temporal o en algunos casos incluso cuando el trabajador está trabajando y recibe el diagnostico.

La pensión de incapacidad permanente es siempre contributiva, lo que significa que siempre se cobrará en función de lo que se haya cotizado.

Conseguida una incapacidad total o absoluta es bastante común que se solicite su revisión por empeoramiento para conseguir un grado de mayor incapacidad.

Jurisprudencia

1986/1299 STS (SOCIAL) DE 15 FEBRERO DE 1986

Estima la Sala el recurso de casación que plantea la afectada, al apreciar que existe gran invalidez; en tanto que se da una enfermedad psíquica que determina la necesidad de persona que auxilie a la recurrente para realizar los actos esenciales de la vida. La Sala declara igualmente que la presunción del art. 120 LPL puede ser destruida por prueba en contrario.

Comprobamos como ya desde hace muchos años se viene concediendo incapacidades para este tipo de enfermedades. La demandante, afectada por la enfermedad de demencia, solicitó la declaración de gran invalidez con el fin de obtener un incremento en su pensión. A pesar de contar con una resolución que la declaraba con incapacidad permanente absoluta, la Magistratura de Trabajo desestimó su demanda. La demandante presentó pruebas médicas que demostraban su imposibilidad para realizar actos esenciales de la vida, como asearse, vestirse, comer, y su necesidad constante de asistencia.

La Sala estima el recurso de casación, reconociendo que la demandante sufre de gran invalidez debido a su enfermedad, lo que la hace necesitar asistencia constante para realizar actos esenciales de la vida. Por lo tanto, se le concede el incremento en la pensión correspondiente a la gran invalidez.

2023/605096 STSJ CASTILLA Y LEÓN (BUR) (SOCIAL) DE 25 MAYO DE 2023

Esta sentencia destaca la importancia de considerar la situación de personas con demencia degenerativa grave y la necesidad de reconocer su derecho a la gran invalidez, basándose en la imposibilidad de realizar actividades básicas de la vida diaria. Además, resalta la relevancia de la jurisprudencia y la normativa aplicable en casos de reconocimiento de la gran invalidez en situaciones similares.

La demandante, una trabajadora con demencia degenerativa primaria, solicitó el reconocimiento de una pensión por gran invalidez. Los informes médicos detallaron su grave deterioro cognitivo, la necesidad de supervisión para actividades básicas y la imposibilidad de realizar tareas domésticas. La entidad gestora inicialmente desestimó la reclamación previa de la demandante.

El tribunal falla a favor de la demandante, reconociendo su derecho a la gran invalidez y a recibir una pensión correspondiente a dicho grado de invalidez. Se fundamenta en la necesidad permanente e ineludible de la demandante para subsistir y realizar actividades básicas, debido a su grave estado de salud y demencia degenerativa. El fallo confirma la sentencia de instancia a favor de la demandante.

2011/226268 STSJ CAST-LA MANCHA (SOCIAL) DE 20 SEPTIEMBRE DE 2011

La sentencia destaca la importancia de evaluar la capacidad laboral residual de un trabajador en relación con cualquier profesión u oficio existente en el mercado, considerando la rentabilidad y eficacia, para determinar la incapacidad permanente absoluta.

Andrés, un conductor de camión-repartidor, solicitó la declaración de incapacidad permanente absoluta debido a diversas patologías, incluyendo cervicalgia, hipoacusia severa, trastorno ansioso depresivo, déficit de atención y memoria por demencia degenerativa, vestibulopatía periférica y migrañas. Tras agotar la vía administrativa, la sentencia de instancia declaró al demandante en situación de incapacidad permanente absoluta, lo que fue impugnado por la Administración de la Seguridad Social en suplicación.

La sentencia confirma la declaración de incapacidad permanente absoluta a favor del demandante. Se argumenta que las patologías del demandante limitan su capacidad laboral para cualquier profesión u oficio existente en el mercado en términos de rentabilidad y eficacia, lo que determina la incapacidad permanente absoluta para todo trabajo.

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