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Cómo conservar tu incapacidad permanente

Cuando finalmente se consigue la declaración de la incapacidad permanente, sin importar el grado de la misma, el único objetivo del interesado es mantener dicha condición el máximo tiempo posible.

Sin embargo, mantener la incapacidad y, por ende, su prestación correspondiente, no es tan sencillo. Y es que, esta condición se puede ver afectada (e incluso retirada) por múltiples factores.

Aspectos a tener en cuenta

Lo primero que todo interesado debe saber es que una incapacidad, con independencia de si se ha reconocido de forma judicial o administrativa por parte del INSS, puede ser revisada. No obstante, se puede revisar hasta que se alcance la edad de jubilación ordinaria, que varía en función de la cotización. Una vez el afectado llegue a esa circunstancia, el INSS no podrá llevarla a cabo.

Por lo que éste es el primer consejo para conservar la incapacidad permanente: acudir siempre a la llamada del Tribunal. De lo contrario, la Seguridad Social entenderá que el interesado no tiene ningún interés en mantener la incapacidad, y por lo tanto es muy probable que la suspenda o rebaje su grado.

Por otro lado, aportar informes médicos actualizados es imprescindible, ya que en las revisiones es muy común que el Tribunal solicite esta documentación; especialmente si considera una rebaja de grado o suspensión de la misma.

Un tercer consejo que puede marcar la diferencia es que el interesado mantenga una actitud y estilo de vida compatible con la lesión o enfermedad que le causó la incapacidad. Por ello, es muy importante respetar tanto las limitaciones psíquicas como físicas que se tengan. Esto afecta a la actividad laboral que se desarrolle. Es decir:

  • Si se va a iniciar una nueva actividad laboral (una vez declarada la incapacidad) es de vital importancia que sea compatible con la misma. En este caso, es muy recomendable notificar previamente al INSS explicándole el por qué de esta compatibilidad.
  • No iniciar, en ningún caso (excepto si se ha producido una mejoría) la actividad que causó la lesión o enfermedad y la declaración de la incapacidad.

Conclusiones

Estos serían los consejos más importantes de cara a conservar la incapacidad permanente, siempre que no se tengan en cuenta razones ajenas a la voluntad del interesado, de raíz fraudulenta o de traslado fuera del territorio español.

Por ello, aplicar las anteriores recomendaciones sería suficiente para conservar la misma. No obstante, si se tienen dudas lo mejor es ponerse en contacto con la Seguridad Social o asesorarse por profesionales expertos en derecho laboral. Puedes escribir tu consulta en nuestra página de contacto. Te responderemos en la mayor brevedad posible.

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